Por Manuel de Jesús Esquivel Leyva
Historia de la migración mexicana a Estados Unidos
La historia de la migración de mexicanos a Estados Unidos, la podemos dividir para su estudio en tres períodos principales: el primero que abarca de los años de 1848 a 1940; el segundo que corresponde a la época posterior a la segunda guerra mundial y que comprende los años en que estuvieron en vigor los convenios sobre braceros; y el tercero que viene de 1964 a la fecha.
Con la firma de los tratados de Guadalupe Hidalgo, el 2 de febrero de 1848, se consumó legalmente el arrebato de un poco más de la mitad de nuestro territorio por el gobierno de los Estados Unidos, los norteamericanos llegaron a las antiguas tierras mexicanas para despojar de bienes y recursos a sus habitantes originales que en un número de 75,000 habían adquirido la ciudadanía estadounidense, mismos que fueron convirtiéndose de propietarios en trabajadores para que surgiera la prosperidad económica de los estados recién anexados. A los mexicanos quedados del otro lado con la terminación de la guerra de rapiña iniciada por Estados Unidos en 1847, se sumaron posteriormente los trabajadores mexicanos migratorios que en cantidades más o menos significativas empezaron a cruzar la frontera hacia finales del siglo diecinueve. Desde esa época la migración es cosa más que común, se puede decir hasta cierto punto normal.
En 1853, después de la firma de los tratados de la Mesilla, se fijaron los actuales límites de la frontera entre México y Estados Unidos y fue en el año de 1894 cuando se construyeron las aduanas de migración para controlar los flujos de personas, aunque su principal deseo era detener la internación de chinos y no de mexicanos.
Nos referiremos al primer período:
Los censos de Estados Unidos realizados en estos años nos revelan el crecimiento de la población de mexicanos inmigrantes en su territorio: en 1900 el censo efectuado registró 103,293 gentes que admitieron que su nacimiento había sido en México, en 1910, aumentó la cantidad a 221,915; en 1920 ya fueron 486,418; en 1930 se registraron 616,919. Aunque para algunas personas estudiosas de la materia, hacia 1930 se encontraban en Estados Unidos entre un millón y un millón y medio de mexicanos.
Entre 1929 y 1935 a raíz de la gran depresión, se expulsaron 400,000 personas de origen mexicano, aunque muchos de ellos ya eran ciudadanos norteamericanos.
El segundo período, en la historia de la migración, estuvo determinado por la segunda guerra mundial. A raíz de la guerra se dejó sentir una fuerte escasez de mano de obra norteamericana especialmente en la agricultura de los estados del suroeste, la necesidad de mano de obra mexicana se agudizó con el aumento de empleos agrícolas que dejaron vacantes los norteamericanos para dedicarse a la industria de defensa y enrolarse en las fuerzas armadas, los ojos de Estados Unidos se volvieron de nueva cuenta al sur de la frontera, pero a México no se le olvidaban todavía las deportaciones de los años treinta, de ahí que el gobierno de Estados Unidos solicitara al mexicano ayuda para importar mano de obra, así el 4 de agosto de 1942 empezó a regir el primer convenio sobre braceros.
Aunque la segunda guerra terminó, los convenios continuaron hasta 1964, durante esas dos décadas las medidas acordadas por los gobiernos fueron casi siempre violadas por el gobierno de Estados Unidos, la inmigración de indocumentados creció, así como las deportaciones. Esta época está caracterizada por el intento de reglamentar la inmigración, el reclutamiento de los trabajadores fue oficial, las deportaciones fueron para regular la cantidad necesaria de mano de obra, existió clandestinidad en la mayoría de los trabajadores, fue una migración temporal.
En 1951, el Congreso de los Estados Unidos aprobó la Ley Pública 78, con la cual institucionalizó el programa de braceros, lo cual fue producto de la guerra con Corea, pues se vio obligado a reforzar el convenio de braceros al estilo de como lo hizo cuando participó en la Segunda Guerra Mundial.
A partir de 1959, creció la oposición al programa bracero por parte de Estados Unidos, el que feneció el día 31 de diciembre de 1964.
En el período reciente, que se inicia en 1965, no existe regulación oficial para el movimiento migratorio, en su mayoría los mexicanos que van a Estados Unidos en busca de trabajo no llevan consigo documentos que los autoricen a laborar, esto es así porque conviene fundamentalmente a la economía norteamericana, pues se valen de eso para contratar mano de obra barata otorgada por trabajadores mexicanos que están dispuestos a aceptar condiciones de trabajo muy por debajo de las legalmente establecidas.
El reclutamiento y el cruce de la frontera se realiza por los que se les ha dado en llamar “coyotes” o “polleros”, que cobran grandes cantidades de dinero en dólares, explotando de esa manera a quienes en la mayoría de los casos no logran su cometido de llegar felizmente hasta donde pueden ser contratados.
Consideramos que mientras la posibilidad de encontrar empleo en Estados Unidos sea una realidad para los mexicanos, persistirá el empeño de estos por cruzar la frontera.
B. Acuerdos sobre trabajadores migratorios suscritos entre México y Estados Unidos
De manera idéntica como ocurrió en la Primera Guerra Mundial, los trabajadores norteamericanos que laboraban en el campo, aprovecharon la situación que se daba en la industria militar para dejar las actividades agrícolas, tratando de mejorar sus condiciones laborales, de tal manera que para el año de 1941 en los inicios de la Segunda Guerra Mundial, el sector de la agricultura de Estados Unidos en el que tradicionalmente se habían venido pagando los salarios más bajos, perdió más de un millón de trabajadores que se habían ido a buscar mejores horizontes en las actividades industriales.
Cuando Estados Unidos participó de manera abierta en la Segunda Guerra Mundial, la necesidad de mano de obra mexicana se agudizó con el aumento de los empleos agrícolas que dejaban los norteamericanos para ocuparse en la industria bélica y alistarse en el ejército de su país. Se ha considerado que las economías de México y Estados Unidos mantienen un enlace en cierta medida “escalafonario”, debido a que los puestos que dejaban vacantes los norteamericanos en su ascensión económica, son ocupados por trabajadores mexicanos, y casi siempre este fenómeno ha estado asociado con la guerra.
En 1942, debido a la presión de los productores de California, principalmente de azúcar, el Servicio de Inmigración y Naturalización formó una comisión para que estudiara el problema de la escasez de mano de obra, así como la posibilidad de su importación. La comisión llegó a la conclusión que se requería mano de obra mexicana.
Después de que México declaró la guerra al eje nazi-fascista, el primero de junio de 1942, el gobierno de los Estados Unidos inició los acercamientos con su homólogo mexicano para establecer la posibilidad de firmar un acuerdo sobre mano de obra, esto se pedía en “nombre del esfuerzo de guerra”.
En el mes de julio de 1942, dieron comienzo pláticas en la ciudad de México, las cuales duraron 10 días, así el 4 de agosto de ese mismo año; el acuerdo para importación de mano de obra mexicana, entró en vigor, al ratificarse mediante el intercambio de notas diplomáticas. En el mismo se incorporaron las demandas del gobierno mexicano, que procuraba la defensa de sus nacionales, entre las principales podemos destacar:
1.- Garantías de un trato no discriminatorio.
2.- Condiciones dignas de trabajo, y
3.- Salarios iguales a los recibidos por los norteamericanos.
“El acuerdo que se menciona es parte integrante del “Programa Bracero” desarrollado entre los Estados Unidos y México, que comprende dos períodos, el primero de los cuales se inicia precisamente en 1942 y concluye en diciembre de 1947; el segundo discurre de esta fecha a diciembre de 1964. Se estima en 250,000 el número de braceros que salieron del país durante el primer período; en el segundo que se promulgó por diecisiete años, los emigrantes fueron aproximadamente 450,000.[1]
En cuanto al número de braceros, las cantidades dadas por diferentes investigadores varían para el período de 1942 a 1964, así tenemos que Patricia Morales, en su libro INDOCUMENTADOS MEXICANOS[2], cita las cifras proporcionadas por Ernesto Galarza en su trabajo: TRABAJADORES MEXICANOS EN TIERRA EXTRAÑA:
“En total fueron 4’682,835 los trabajadores mexicanos contratados en los 11 años de acuerdos sobre braceros. Y casi cinco millones los mexicanos aprehendidos y expulsados de Estados Unidos por carecer de documentos”.
De 1964 a la fecha, no se ha pactado ningún acuerdo entre México y Estados Unidos, para regular jurídicamente o eliminar el tráfico de indocumentados.
“A partir de 1964, los Estados Unidos consideraron que ya no necesitaban más el concurso de los trabajadores agrícolas mexicanos y como consecuencia de ello cesaron los acuerdos de prórroga del acuerdo inicial, generándose a partir de entonces el problema de los trabajadores indocumentados (o ilegales), que se ha tornado cada vez más agudo”.[3]
C. Hacia una política mexicana de emigración
1. Su necesidad
Desde 1974, cuando el entonces Presidente de la República, Lic. Luis Echeverría Álvarez desistió de los deseos de pactar acuerdos con Estados Unidos para el traslado de trabajadores migratorios, tal como se había hecho de 1942 a 1964, el gobierno mexicano ha carecido de una política clara sobre la emigración de mexicanos hacia su vecino país del norte.
Pareciera que al gobierno mexicano le ha convenido que la situación persista tal y como se ha venido presentando desde 1964 hasta la fecha, y que su objetivo central es el de no involucrarse con los cambios de política migratoria que dicta el gobierno de los Estados Unidos. Pero al adoptar el gobierno de México esa actitud pasiva, de permitir que su homólogo hiciera en este campo lo que de manera unilateral le convenía, se restó asimismo posibilidades para influir de manera determinante en la solución de un problema que debiera interesar a los dos países.
“Es así como se explica que el gobierno mexicano, al no contar con una política migratoria que realmente defienda a los trabajadores inmigrantes en los Estados Unidos, sólo se dedique a manifestar protestas tímidas, cuando se trata de la violación a los derechos de nuestros compatriotas en ese país y, en el peor de los casos, a aceptar públicamente el derecho que tiene el gobierno estadunidense de aplicar cualquier política antimigratoria”.[4]
En el transcurso de los últimos años, se ha ejercido presión, tanto en el interior como en el exterior del país, para que el gobierno mexicano adopte una actitud distinta ante esta problemática.
Creemos que en las actuales circunstancias no es conveniente continuar con una política en el mejor de los casos ambigua acerca de este tema tan debatido. Consideramos que el gobierno mexicano debe puntualizar cuál es su posición.
Creemos, asimismo, que esta posición debe ser la de la defensa irrestricta de nuestros connacionales, de sus derechos humanos y laborales; una posición a favor de los inmigrantes mexicanos, sean éstos legales o ilegales.
Es particularmente urgente el diseño de una política mexicana de emigración, que contemple directrices, lineamientos, así como instrumentos de carácter interno y externo que vengan a enfrentar esta problemática.
2. La persistencia de la migración
En la relación entre México y los Estados Unidos, en el tratamiento y discusión bilaterales de los asuntos más importantes para las dos naciones, debe otorgarse especial atención al problema de los indocumentados por la naturaleza de sus repercusiones.
Señalamos lo anterior porque, en el ánimo de ser honestos, hay que decir que la emigración de mexicanos, documentados o indocumentados, es un fenómeno persistente, que va a estar presente en el futuro, porque la migración no va a desaparecer.
Los Estados Unidos nunca han hecho esfuerzos serios por acabar con la inmigración de indocumentados; al contrario, la han estimulado de varias maneras, directas o indirectas, por los beneficios económicos que conlleva.
Los mexicanos ilegales que han ido a trabajar a los Estados Unidos siempre han sido atraídos o deportados, según las necesidades de los patrones o empresarios, de acuerdo a cómo se comporta la ley de la oferta y la demanda en el mercado de trabajo; su contratación obedece en última instancia a las leyes más generales de una economía capitalista global.
En fin, por las razones ya expresadas, que necesariamente requerirán de respuestas por parte del gobierno mexicano, es urgente y necesario instrumentar esa política.
3. Cómo instrumentar esa política
Consideramos que antes de abordar la elaboración de una política, debe hacerse un diagnóstico serio sobre la situación general de la inmigración, con el fin de que ello sirva como punto de partida para definir la orientación y el sello de la misma, así como para encauzar posibles negociaciones con el gobierno de los Estados Unidos.
Sin embargo, a nuestro juicio, que coincide con lo que plantea Manuel García y Griego, estudioso e investigador prestigiado en tal materia, dicha política debe contemplar, mínimamente:
a. 1. La definición de los intereses que México defiende.
- 2. Los objetivos que pretende alcanzar.
- 3. Los principios y los supuestos jurídicos en que se basa, y
- 4. Los instrumentos que propone para llevarse a la práctica.
Esta opinión autorizada señala:
“Con o sin nueva legislación norteamericana, la emigración de mexicanos a Estados Unidos plantea un cúmulo de problemas concretos, que reclaman atención y solución. La defensa de los derechos de los mexicanos en Estados Unidos debería ser la piedra angular de una política de emigración que tomara en cuenta los elementos arriba señalados”.[5]
“El gobierno mexicano debe definir con claridad el interés nacional del país con respecto a la migración; estimular la creación de empleos en las principales regiones remitentes, y actuar ante las autoridades norteamericanas para garantizar los derechos humanos de los trabajadores migratorios.
“Ambos gobiernos deben colaborar en la elaboración de cómputos precisos de la población y del flujo de migrantes. Asimismo, deben buscar establecer un acuerdo bilateral en materia de migración que tome en cuenta lo siguiente: un posible aumento de las cuotas legales para la migración mexicana hacia Estados Unidos; el establecimiento de un acuerdo sobre el flujo y el trato a ‘trabajadores agrícolas temporales’; la protección de los derechos humanos y laborales de los migrantes; y la posibilidad de un programa para trabajadores temporales de largo plazo”.[6]
Actualmente la situación del desempleo en México es preocupante, todaves que registra los índices mas altos de toda su historia.
Ante un panorama como el descrito, nos preguntamos si en el período inmediato se producirán efectos que se traduzcan en la disminución de la migración.
Las respuestas pueden ser varias, hay consenso en los especialistas que se dedican a estudiar la migración de que los flujos migratorios de México a Estados Unidos continuarán por variadas razones; las principales son:
- Que las redes migratorias en los Estados Unidos, por parte de mexicanos, se han consolidado.
- Que la legislación migratoria de los Estados Unidos la hace permisible en gran medida.
- Que en los Estados Unidos hay más disponibilidad de empleos que en México, y
- Que persistirá el diferencial en los salarios que se pagan en los Estados Unidos con respecto a los que se pagan en México.
El Congreso de los Estados Unidos tiene la obligación moral de aprobar una reforma migratoria que permita la legalización de aproximadamente 12 millones de inmigrantes indocumentados, de los cuales una porción considerable es de origen mexicano, ya que un poco más de 6 millones de inmigrantes sin documentos, aproximadamente el 56 % han nacido en México. En conclusión el Gobierno de Estados Unidos no puede seguir posponiendo la reforma migratoria que prometió el Presidente Barack Obama, por lo que cuanto antes el Congreso Norteamericano debe aprobar el plan reformista aludido.
De acuerdo con los estudios realizados hasta la fecha, se puede demostrar que por la inmigración, tanto México como Estados Unidos, más que perjudicarse, en términos generales se benefician.
Algo que a nosotros nos parece importantísimo y trascendental —porque se ajusta a lo que sería una política real en el aspecto jurídico para tratar el asunto de los trabajadores migratorios— es que el gobierno mexicano utilice instrumentos jurídicos, cuya potencialidad no está agotada, para exigir al gobierno de los Estados Unidos que respete los derechos humanos, sociales y laborales de nuestros compatriotas que van hacia ese país a ofrecer su fuerza de trabajo. Tales instrumentos jurídicos pueden ser: normas internacionales emitidas por organismos como la Organización de las Naciones Unidas y la Organización Internacional del Trabajo; preceptos legales mexicanos que regulen la emigración de los trabajadores; legislación mexicana relativa a la protección de nuestros connacionales en el extranjero y legislación internacional sobre la misma protección.
D. Apéndice
ACUERDOS, Secretaría de Relaciones Exteriores,
ACUERDO PARA REGLAMENTAR LA CONTRATACIÓN (TEMPORAL) DE TRABAJADORES AGRÍCOLAS MIGRATORIOS MEXICANOS, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA- Celebrado el 4 de agosto de 1942.
ACUERDO QUE MODIFICA EL CONVENIO DEL 4 DE AGOSTO DE 1942 PARA REGLAMENTAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES AGRÍCOLAS MIGRATORIOS MEXICANOS, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 26 de abril de 1943.
ACUERDO PARA REGLAMENTAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES NO AGRÍCOLAS MIGRATORIOS MEXICANOS, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 29 de abril de 1943.
ACUERDO PARA EL REGRESO A MÉXICO DE LOS INMIGRANTES ILEGALES MEXICANOS Y SU POSIBLE READMISIÓN EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 10 de marzo de 1947.
ACUERDO RELATIVO A LA MIGRACIÓN DE TRABAJADORES AGRÍCOLAS MEXICANOS, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 21 de febrero de 1948.
ACUERDO SOBRE LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES AGRÍCOLAS MEXICANOS CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 1º. De agosto de 1949.
ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 11 de agosto de 1951.
ACUERDO QUE PRORROGA EL ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DEL 11 DE AGOSTO DE 1951, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 19 de mayo de 1952.
ACUERDO QUE PRORROGA, INTERPRETA Y MODIFICA EL
”ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 10 de marzo de 1954.
ACUERDO QUE ESTABLECE UNA COMISIÓN MIXTA SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 10 de marzo de 1954.
ACUERDO SOBRE TRABAJADORES AGRÍCOLAS MIGRATORIOS Y CONTRATO TIPO DE TRABAJO DEL 11 DE AGOSTO DE 1951, INCLUYENDO LAS REFORMAS DEL 19 DE MAYO DE 1951 Y DEL 10 DE MARZO DE 1954.
ACUERDO QUE PRORROGA EL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES AGRÍCOLAS MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 23 de diciembre de 1955.
ACUERDO QUE PRORROGA EL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO, PRORROGADO POR CANJE DE NOTAS DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1955, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA”. Celebrado el 20 de diciembre de 1956.
ACUERDO SOBRE LA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 7 DEL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 17 de junio de 1957.
ACUERDO SOBRE LA INTERPRETACIÓN DEL PÁRRAFO (d) DEL ARTÍCULO 30 DEL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 30 de julio de 1957.
ACUERDO QUE PRORROGA EL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 24 y 27 de junio de 1959.
ACUERDO QUE PRORROGA EL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO” CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 28 y 30 de junio de 1959.
ACUERDO QUE PRORROGA EL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 21 de octubre de 1959.
ACUERDO QUE PRORROGA Y REFORMA EL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 23 de octubre de 1959.
ACUERDO QUE PRORROGA EL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO” Y SOBRE LA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 22 DEL PROPIO ACUERDO, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 22 de junio de 1961.
ACUERDO QUE PRORROGA EL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 11 de diciembre de 1961.
ACUERDO INTERNACIONAL SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS Y CONTRATO TIPO DE TRABAJO. DGATM SER, México, 1962.
ACUERDO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 4 DEL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 10 de enero y 25 de febrero de 1963.
ACUERDO QUE PRORROGA EL “ACUERDO SOBRE TRABAJADORES MIGRATORIOS DE 1951, REFORMADO”, CON ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Celebrado el 20 de diciembre de 1963..
[1] José Barroso Figueroa. DERECHO INTERNACIONAL DE TRABAJO.- Editorial Porrúa, S.A. México, D.F. 1987, p.40.
[2] Causas y Razones de la migración laboral. 2ª. Edición. Colección Enlace. Editorial Grijalbo, S.A. México, D.F. 1989, p.201.
[3] José Barroso Figueroa. Op. Cit., p.40p. Cit., p. 40
[4] Martha Marroquín, Los indocumentados, Editorial Claves Latinoamericanas, México, D.F., 1983, p.4
[5] Manuel García y Griego/Mónica Verea Campos, México y Estados Unidos frente a la migración de los indocumentados, Coordinación de Humanidades de la Universidad Nacional Autónoma de México y Grupo Editorial Miguel Angel Porrúa, México, D.F., 1988, p.59
[6] El desafío de la interdependencia: México y Estados Unidos, Fondo de Cultura Económica, México, D.F., 1988, p.XVII
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